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Decreto 1075 de 2015

En los programas de formación laboral, las instituciones pueden ofrecer tanto programas de formación laboral como de formación académica. Los programas de formación laboral tienen como objetivo preparar a las personas en áreas específicas de los sectores productivos, desarrollando competencias laborales específicas de acuerdo con la Clasificación Nacional de Ocupaciones. Estos programas deben tener una duración mínima de seiscientas horas, y al menos la mitad de su duración debe ser dedicada a la formación práctica. Por otro lado, los programas de formación académica buscan formar a las personas en áreas como la ciencia, las matemáticas, la técnica, la tecnología, las humanidades, el arte, los idiomas, la recreación y el deporte, entre otras. La duración mínima de estos programas es de ciento sesenta horas.
Tipo de archivo: asp
Categorías: Gestión normativa
Etiquetas: Áreas del conocimiento, Decretos Ordinarios, Educación para el trabajo y el desarrollo humano, Niveles educativos
Autor: Sistema Único de Información Normativa
Artículos: N/A
Idioma: Español